Artículo 4o. - La intervención de la Secretaría en la aplicación de la Ley será por medio del Titular y en su caso a través de las unidades administrativas de la propia dependencia, de conformidad con las atribuciones que a éstas les señale el Reglamento Interior de la misma Secretaría.
Structure Reglamento de la Ley de Fomento Agropecuario