Artículo 3o. - La aplicación del presente Reglamento compete a la Secretaría en coordinación con la Secretaría de la Reforma Agraria, así como a las demás dependencias y entidades de la administración pública federal, que tendrán la intervención que les señalen la Ley y este mismo ordenamiento. Las autoridades estatales y los Ayuntamientos auxiliarán a la Secretaría conforme a los convenios que al efecto celebren en los términos dispuestos por la Ley. Las organización campesinas nacionales participarán en la forma prevista en este Reglamento.
Structure Reglamento de la Ley de Fomento Agropecuario