Artículo 1o. - En el presente Ordenamiento la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos será designada como la "Secretaría"; la Ley de Fomento Agropecuario, como la "Ley "; y el Plan Nacional de Desarrollo Agropecuario y Forestal, como el "Plan".
Structure Reglamento de la Ley de Fomento Agropecuario