TITULO OCTAVO
Artículo 163. - El registro de las actas y documentos...
Artículo 164. - Deberán inscribirse en el Registro Nacional Agropecuario....
Artículo 165. - Para las inscripciones que se mencionan en...
Artículo 166. - Las anotaciones marginales se harán en los...
Artículo 167.- En cada libro se asentará una razón que...
Artículo 168. - Los documentos que se reciban en relación...
Artículo 169. - El Registro Nacional Agropecuario y los registros...