Artículo 12. - El Plan Nacional de Desarrollo Agropecuario y Forestal fijará, en concordancia con el Plan Global de Desarrollo vigente, los objetivos específicos de desarrollo que se proponga lograr en el período contemplado, así como las estrategias, políticas y metas intermedias y finales que habrán de alcanzarse, con una estimación de los recursos humanos, físicos tecnológicos y financieros necesarios para la realización del Plan.
Entre los objetivos que contendrá el Plan, deberán quedar comprendidos los siguientes:
I. La contribución del sector a los propósitos generales del Plan Global de Desarrollo vigente.
II. Las metas específicas en materia agropecuaria y forestal.
III. Las acciones específicas que se desprendan del diagnóstico del sector.
Structure Reglamento de la Ley de Fomento Agropecuario