Artículo 21.- Dentro de los programas normales la Secretaría formulará el Programa de Acción
Sectorial que se integrará con los siguientes elementos:
a)- Marco de referencia;
b)- Objetivos;
c)- Metas de Resultados;
d)- Estrategias;
e)- Instrumentos;
f)- Proposiciones de reforma Administrativa;
g)- Programas, subprogramas y proyectos sustantivos del sector;
h)- Gasto Público presupuestal;
i)- Estimación del programa de inversiones para años posteriores j)- Relaciones intra e intersectoriales seleccionadas;
k)- Concertación de acciones con los sectores privado y social; y
l)- Un apartado especial del Sistema Alimentario Mexicano.
La elaboración del Programa de Acción Sectorial se hará de conformidad con la metodología, normatividad y calendario establecidos por la Secretaría de Programación y Presupuesto.
Structure Reglamento de la Ley de Fomento Agropecuario