TITULO QUINTO
Artículo 123. - Para los efectos de la Ley, se...
Artículo 124. - Los Notarios Públicos y autoridades ante las...
Artículo 125. - Los propietarios o poseedores de minifundios colindantes...
Artículo 126. - Los jueces, registradores, notarios públicos y otras...
Artículo 127. - Para los efectos de la Ley y...
Artículo 128. - Las granjas y huertos familiares con superficie...
Artículo 129. - Las entidades paraestatales autorizadas para el efecto...