Artículo 88. En los casos en que la Secretaría lo determine se establecerán las campañas a que se refiere el artículo 54 de la Ley, pudiendo circunscribirse a una entidad federativa o a una región, ubicadas entre dos o más entidades federativas, para lo cual realizará las acciones siguientes:
I. La celebración de los instrumentos jurídicos que en cada caso amerite, entre la Secretaría, las entidades federativas, los organismos auxiliares y los particulares involucrados;
II. La planeación e implementación de actividades se realizarán en forma coordinada, y
III. La aplicación de medidas zoosanitarias que ameriten, en las entidades federativas, regiones o zonas que estén fuera de los territorios bajo campaña y que representen riesgo zoosanitario.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal