Artículo 264. Los gobiernos de las entidades federativas u organismos auxiliares interesados en instalar y operar Puntos de Verificación e Inspección Interna, deberán presentar ante la Secretaría la solicitud de autorización, así como los documentos a que se refiere el artículo 268 de este Reglamento.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal