Artículo 256. Los Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria Federal serán los que opere la Secretaría, como un sistema estratégico para las campañas, cuarentenas, regulación de bienes de origen animal, reducción de riesgos de contaminación y Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal y se distinguirán con el acrónimo PVIF. Estos puntos operarán con personal oficial de la Secretaría, quienes ejercerán los actos de autoridad y atribuciones que les confiere las disposiciones de sanidad animal en materia de verificación e inspección y serán auxiliados por el personal de las entidades federativas y de los organismos auxiliares.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal