Artículo 61. El interesado en la importación de mercancías señaladas en el artículo 24 de la Ley, deberá de solicitar a la Secretaría, el certificado zoosanitario para importación, el cual contendrá la siguiente información:
I. Nombre del proveedor, éste debe ser el que esté indicado en las certificaciones zoosanitarias internacionales;
II. Domicilio del importador;
III. Fracción arancelaria;
IV. Descripción de la mercancía, en caso de animales, la identificación individual o en grupo de acuerdo a la especie de los animales vivos;
V. País de origen y de procedencia;
VI. Cantidad y unidad de medida;
VII. Descripción de los requisitos que se cumplieron para su emisión;
VIII. Número de certificado internacional del país de origen, cuando así lo requiera la hoja de requisitos zoosanitarios;
IX. Número de planta exportadora;
X. Fecha de sacrificio, de producción, de empaque, de caducidad o de elaboración, de acuerdo a las características del producto y a las disposiciones de sanidad animal que la Secretaría emita para tal efecto;
XI. Número de Lote;
XII. Uso de la mercancía;
XIII. Nombre completo del destinatario;
XIV. Domicilio del destino final de la mercancía y puntos de verificación e inspección por donde deberá circular;
XV. Número telefónico del importador;
XVI. Medio de transporte, número de placas y matrícula, y
XVII. Empresa transportista.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal