Artículo 254. La Secretaría regulará y controlará la autorización o cancelación de la operación de los Puntos de Verificación e Inspección Interna en materia de sanidad animal. Dichos puntos deberán sustentarse en lo señalado en las disposiciones de sanidad animal aplicables y por ningún motivo deberán constituir barreras interestatales al comercio.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal