Artículo 174. Son causas de cancelación del registro o autorización de los productos para uso o consumo animal las siguientes:
I. Cuando el resultado de los análisis de identidad y calidad del producto, no coincidan con la garantía o información contenida en el documento de análisis del producto, ante cualquier monitoreo aleatorio que realice la Secretaría;
II. Cuando con base en información técnica o referencias internacionales, se establezca que se trata de un producto de riesgo para la salud pública, de los animales o del medio ambiente;
III. A solicitud por escrito de la empresa titular del producto;
IV. Cuando el producto contenga principios activos clasificados como prohibidos;
V. En el caso de que el titular del registro o autorización no notifique cambio de domicilio ante la Secretaría, y
VI. Cuando derivado de la verificación e inspección según lo establecido en el primer párrafo del artículo 94 de la Ley, el titular del registro o autorización no compruebe que se mantiene vigente el origen de las formulaciones, así como las recomendaciones para su aplicación, uso y manejo indicadas en sus etiquetas.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal