Artículo 85. Para las campañas establecidas, la Secretaría definirá las prioridades de ejecución en las zonas, regiones, municipios, entidades federativas o a nivel nacional.
Los gobiernos de las entidades federativas deberán ajustar sus programas y proyectos de trabajo en materia de sanidad animal, en los términos que se establezcan en los convenios que se suscriban con la Secretaría, a las prioridades establecidas en el párrafo anterior. Asimismo, organismos auxiliares de sanidad animal ajustarán sus programas y proyectos de trabajo en materia de sanidad animal a las prioridades establecidas por la Secretaría en el párrafo anterior.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal