Artículo 194. El interesado en obtener el certificado de Buenas Prácticas de Manufactura deberá cumplir cuando menos lo siguiente:
I. Solicitud de la empresa, la que deberá estar firmada por el interesado o por el representante legal, y
II. Copia del dictamen de verificación vigente emitidos por una unidad de verificación aprobada por la Secretaría para observar el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal