Artículo 350. Toda notificación se concentrará en bases de datos sistematizadas, que permitan realizar su análisis y evaluación epidemiológica; contribuir a la elaboración de análisis de riesgo, documentos de regionalización y compartimentación, así como proponer y evaluar la aplicación y el establecimiento de medidas zoosanitarias y activar, en su caso, el Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal