Artículo 22. Cuando en una unidad de producción primaria, se detecte mediante un diagnóstico emitido por un laboratorio de la Secretaría, qué animales, bienes de origen animal o insumos para uso o consumo animal, están contaminados o se haya utilizado una sustancia prohibida, se procederá a su denuncia ante la autoridad competente, conforme a los artículos 172, 173 y 174 de la Ley Federal de Sanidad Animal.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal