Artículo 233.- Las autorizaciones, permisos o licencias o sus renovaciones, sólo serán válidas para el permisionario cuyo nombre, domicilio y clasificación se expresan y bajo las condiciones específicas para las cuales se expidieron, cuya vigencia constará en el propio documento. El original del permiso, licencia o autorización deberá conservarse en el domicilio legal del permisionario y, copia de estos documentos deberán acompañar a las fuentes de radiación ionizante, a fin de poder presentarse durante las auditorías, inspecciones, verificaciones y reconocimientos que practique la Comisión.
Structure Reglamento General de Seguridad Radiológica