Artículo 146.- El Grupo de Seguridad Radiológica deberá estar apoyado por el permisionario en todos los aspectos relacionados con la elaboración, ejecución, supervisión y modificación del Programa de Seguridad Radiológica. Al Jefe de este Grupo se le designará como encargado de seguridad radiológica.
Structure Reglamento General de Seguridad Radiológica