Artículo 151.- Para ser encargado de seguridad radiológica clase B se requiere:
I).- Título profesional y cédula en los términos de la fracción I del Artículo anterior;
II).- Certificado o constancia de aprobación de un curso avanzado de seguridad radiológica reconocido por la Comisión;
III).- Constancias que demuestren experiencia de un año en materia de seguridad radiológica;
IV).- Constancias que acrediten experiencia de seis meses en los aspectos de protección radiológica relacionados con el uso que el permisionario de a las fuentes de radiación ionizante;
V).- Residir en la localidad donde se ubica la instalación, y
VI).- Contar con autorización de la Comisión respecto a su capacitación y adiestramiento.
Structure Reglamento General de Seguridad Radiológica