CAPITULO V
Artículo 43.- Las irradiaciones planeadas se considerarán como casos excepcionales...
Artículo 44.- El personal que participe en las irradiaciones planeadas...
Artículo 45.- El permisionario deberá justificar previamente ante la Comisión...
Artículo 46.- Un individuo podrá recibir dosis que excedan de...
Artículo 47.- En las operaciones de emergencia que tengan por...
Artículo 48.- Cuando las operaciones de emergencia tengan por objeto...
Artículo 49.- El personal que participe en las operaciones de...
Artículo 50.- Las irradiaciones de emergencia deberán limitarse a una...
Artículo 51.- Una vez conseguido el control sobre el incidente...
Artículo 52.- Las mujeres con capacidad reproductiva y los estudiantes...
Artículo 53.- Todo equivalente de dosis o incorporación accidental, planeada...
Artículo 54.- Toda irradiación accidental o de emergencia que alcance...
Artículo 55.- El personal ocupacionalmente expuesto que haya recibido un...