Artículo 156.- Para ser auxiliar del encargado de seguridad radiológica, clase A, se requiere:
I).- Poseer título profesional y cédula en los términos de la fracción I del Artículo 150;
II).- Acreditar un año de experiencia en materia de seguridad radiológica;
III).- Acreditar seis meses de experiencia en los aspectos de protección radiológica relacionados con el uso que el permisionario dé a las fuentes de radiación ionizante;
IV).- Demostrar haber llevado y aprobado un curso de seguridad radiológica, reconocido por la Comisión, y
V).- Contar con autorización de la Comisión respecto a su capacitación y adiestramiento.
Structure Reglamento General de Seguridad Radiológica