Artículo 216.- Para el destino o disposición final de fuentes selladas, el permisionario deberá solicitar previamente a la Comisión la autorización correspondiente, proporcionando por escrito la siguiente información:
I).- Radioisótopo, actividad y fecha en que es válida, marca, modelo y número de serie de la fuente;
II).- Número y fecha de expedición de la autorización, permiso o licencia, en los cuales se encuentra amparada la fuente;
III).- Motivo del retiro de la fuente;
IV).- Tipo, marca y modelo del contenedor con que se pretenda transportar la fuente, y
V).- Destino o disposición final propuestos.
Structure Reglamento General de Seguridad Radiológica