ARTÍCULO 145.- Para que un equipo quede homologado, la empresa solicitante presentará a la Secretaría, en el formato especial que para ello expida dicha Dependencia, una solicitud de homologación que contendrá la siguiente información:
I.- Nombre y domicilio del solicitante;
II.- Normas con las cuales cumple el equipo;
III.- Manifestación de si se trata de una modificación a un equipo o de un equipo nuevo;
IV.- Características técnicas del equipo en funcionamiento y forma de conexión a las redes de telecomunicaciones; y
V.- Constancia de pago de derechos.
Structure Reglamento de Telecomunicaciones