ARTICULO 72.- Por recepción y estudio de solicitudes y expedición de resoluciones específicas de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y de autorizaciones que emita la Secretaría de Economía, se pagará el derecho de inversiones extranjeras, conforme a las siguientes cuotas:
Cuota
Sin ajuste Con ajuste
I.- Suscripción o adquisición de acciones o
partes sociales de sociedades por constituir
o ya constituidas y establecimiento de
sucursales para realizar actividades o
adquisiciones con regulación específica y
en las que la inversión extranjera participe
en más del 49% $9,230.84 $9,231
II.- Constitución de fideicomisos de acciones
o partes sociales, por virtud de los cuales se
deriven derechos en favor de la inversión
extranjera $9,230.84 $9,231
III.- Por afectación de acciones para que
instituciones fiduciarias emitan instrumentos
de inversión neutra, o la emisión de series
especiales de acciones neutras por parte
de sociedades mexicanas $8,954.31 $8,954
IV.- Entrada a nuevos campos de actividad
económica, en donde se requiera resolución
favorable de la Comisión Nacional de Inversiones
Extranjeras $1,771.55 $1,772
V.- Autorización para la inscripción de personas
morales extranjeras en el Registro Público
de la Propiedad y el Comercio, o para su
establecimiento en la República Mexicana $2,592.64 $2,593
VI.- Replanteamiento a resoluciones específicas
o autorizaciones y exención de cumplimiento de
programas y compromisos $8,867.86 $8,868
VII.- Reconsideraciones o revisiones de
resoluciones específicas $1,062.79 $1,063
VIII.- Por recepción, estudio o resolución
de consultas o confirmaciones de criterio
que se presenten sobre la legislación
aplicable en materia de inversión extranjera $889.95 $890
(REFORMADA, D.O.F. 28 DE DICIEMBRE DE 1994)
IX.- Por recepción y estudio de solicitudes para el otorgamiento de prórrogas:
a).- Por la primera prórroga $889.95 $890
b).- Por la segunda y ulteriores prórrogas $1,780.16 $1,780
(ADICIONADA, D.O.F. 18 DE NOVIEMBRE DE 2015)
X.- Por la recepción, estudio de la solicitud
y, en su caso, el otorgamiento de la opinión
de la Comisión Nacional de Inversiones
Extranjeras a que se refiere el artículo 77
de la Ley Federal de Telecomunicaciones
y Radiodifusión $26,217.52 $26,218
XI.- (DEROGADA, D.O.F. 28 DE DICIEMBRE DE 1994)
XII.- (DEROGADA, D.O.F. 28 DE DICIEMBRE DE 1994)
XIII.- (DEROGADA, D.O.F. 28 DE DICIEMBRE DE 1994)
Structure Ley Federal de Derechos