ARTICULO 30-A.- Por el servicio de autorización de agentes de seguros que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se pagarán derechos de autorización conforme a las siguientes cuotas:
Cuota
Sin ajuste Con ajuste
I.- Por la autorización provisional proporcionada
a agentes de seguros personas físicas $2,730.53 $2,731
II.- Por la autorización definitiva a agentes de
seguros personas físicas para actuar por
cuenta propia con vigencia de tres años $4,294.42 $4,294
III.- Por el refrendo trianual de las autorizaciones
definitivas a agentes personas físicas $2,246.82 $2,247
IV.- Por la autorización a agentes de
seguros personas morales $13,654.75 $13,655
V.- Por la autorización para ejercer la actividad
de apoderado de un agente de seguros
persona moral para intervenir en el asesoramiento
y contratación de seguros $4,294.42 $4,294
VI.- Por el refrendo trianual de la autorización
a que se refiere la fracción anterior $2,246.82 $2,247
VII.- Por la autorización para ejercer la
actividad de agente mandatario de instituciones
de seguros $210.64 $211
VIII.- Por la presentación del examen de
acreditación de la capacidad técnica, para
ejercer la actividad de agente de seguros
persona física o apoderado de agente de
seguros persona moral $980.81 $981
(ADICIONADA, D.O.F. 18 DE NOVIEMBRE DE 2010)
IX.- Por la presentación de una sola prueba
del examen de acreditación de la capacidad
técnica, para ejercer la actividad de agente
de seguros persona física o apoderado de
agente de seguros persona moral $506.61 $507
[N. DE E. CANTIDADES ACTUALIZADAS MEDIANTE EL ANEXO NÚMERO 19 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023, D.O.F. DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2022.]
(ADICIONADO, D.O.F. 30 DE DICIEMBRE DE 1996)
Structure Ley Federal de Derechos