ARTICULO 184.- Por los servicios que se presten en materia de derechos de autor, se pagarán derechos, conforme a las siguientes cuotas:
Cuota
Sin ajuste Con ajuste
I. Recepción, examen, estudio y, en su caso,
registro de cada obra literaria o artística, o de
una obra derivada o versión $323.81 $324
II. Recepción, examen, estudio y, en su caso,
registro de las características gráficas y
distintivas de cada obra $323.81 $324
III. Recepción, examen, estudio y, en su caso,
registro de cada fonograma, videograma
o libro $323.81 $324
IV. Búsqueda y expedición de cada
constancia de antecedentes o datos de
registro o de inscripción $230.53 $231
V.- Recepción, examen, estudio y, en su
caso, inscripción de cada convenio o contrato $1,702.68 $1,703
VI.- Inscripción de cada poder otorgado para
gestionar ante el Instituto Nacional del Derecho
de Autor, cuando la representación conferida
abarque todos los asuntos del mandante $1,702.68 $1,703
VII.- Recepción, examen y estudio de cada
acto, documento, convenio o contrato, que
en cualquier forma confiera, modifique,
transmita, grave o extinga derechos
patrimoniales de autor y, en su caso,
inscripción de la anotación marginal
correspondiente $2,552.62 $2,553
VIII.- Recepción, examen, estudio y, en su
caso, inscripción de cada acta, documento,
escritura y estatutos de las sociedades de
gestión colectiva $2,552.62 $2,553
IX.- Recepción, examen, estudio y, en su
caso, inscripción de cada convenio o
contrato celebrado por las sociedades de
gestión colectiva $2,258.59 $2,259
X.- Inscripción de cada poder especial que
se otorgue a las sociedades de gestión
colectiva para el cobro de percepciones
derivadas de los derechos de autor o
derechos conexos $1,073.93 $1,074
XI.- Inscripción de cada poder que autorice
la gestión individual de derechos
patrimoniales $2,139.29 $2,139
(REFORMADA, D.O.F. 27 DE NOVIEMBRE DE 2009)
XII.- Por la recepción y estudio del escrito de
queja dentro del procedimiento de avenencia
y, en su caso, por la realización de la primera
audiencia en el procedimiento de avenencia $592.76 $593
Tratándose de las subsecuentes audiencias, por la celebración de cada una se pagará el 50% de la cuota establecida en esta fracción.
(ADICIONADO, D.O.F. 14 DE NOVIEMBRE DE 2022)
No se pagarán los derechos a que se refiere esta fracción cuando se trate de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a que hace referencia la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que hagan valer derechos de propiedad colectiva sobre su patrimonio cultural, a través del procedimiento de avenencia.
XIII. (DEROGADA, D.O.F. 12 DE DICIEMBRE DE 2011)
XIV.- Solicitud y dictamen de reservas de
derechos al uso exclusivo de títulos de
publicaciones o difusiones periódicas $2,567.14 $2,567
XV.- Solicitud y dictamen de la renovación
de reservas de derechos al uso exclusivo
de títulos de publicaciones o difusiones
periódicas $1,347.54 $1,348
XVI.- Solicitud y dictamen de reservas de
derechos al uso exclusivo de personajes
ficticios o simbólicos, personajes humanos
de caracterización, nombres artísticos,
denominaciones de grupos artísticos o
promociones publicitarias $5,070.34 $5,070
XVII.- Solicitud y dictamen de la renovación
de reservas de derechos al uso exclusivo de
personajes ficticios o simbólicos, personajes
humanos de caracterización, nombres
artísticos y denominaciones de grupos
artísticos $2,651.55 $2,652
XVIII.- Solicitud de análisis y búsqueda
de antecedentes de títulos, nombres o
denominaciones de publicaciones o
difusiones periódicas, nombres artísticos
o denominaciones de grupos artísticos $270.76 $271
XIX.- Solicitud de análisis y búsqueda de
antecedentes de nombres y características
de personajes humanos de caracterización,
personajes ficticios o simbólicos, o
promociones publicitarias $436.56 $437
XX.- Solicitud y dictamen de anotaciones
marginales en los expedientes de reservas
de derechos al uso exclusivo $1,347.54 $1,348
(REFORMADA, D.O.F. 12 DE DICIEMBRE DE 2011)
XXI. Respecto del Número Internacional Normalizado del Libro (ISBN):
a). Por el otorgamiento del ISBN $278.09 $278
b). Por la expedición de cada
certificado o constancia $200.72 $201
No se pagarán los derechos a que se refiere esta fracción cuando se trate de reproducciones en cualquier formato, siempre que se realicen sin fines de lucro y con el objeto exclusivo de hacerlas accesibles a las personas con discapacidad, así como la reproducción de obras en cualquier formato, que sean escritas en las lenguas indígenas nacionales consideradas en el catálogo a que hace referencia la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, siempre que sea sin fines de lucro y con el objeto de divulgación y preservación de las mismas.
XXII. (DEROGADA, D.O.F. 12 DE DICIEMBRE DE 2011)
XXIII. (DEROGADA, D.O.F. 12 DE DICIEMBRE DE 2011)
XXIV.- Recepción, examen, estudio y, en su
caso, inscripción de la anotación marginal
correspondiente, de cualquier acto o instrumento
que tenga por efecto la revocación del poder
otorgado, previamente inscrito $2,383.77 $2,384
XXV.- Solicitud, dictamen y, en su caso, expedición
de la autorización de apoderado para la
gestión individual de derechos patrimoniales $2,511.82 $2,512
XXVI. Solicitud de práctica de visita de
inspección a establecimientos comerciales
a petición de parte $1,008.05 $1,008
No se pagará el derecho por registro de obras a que se refiere este artículo, cuando se trate de libros de texto editados por la Federación, las entidades federativas, los municipios o por sus organismos descentralizados.
Para los efectos de la aplicación de lo señalado en la fracción V de este artículo, cuando se presenten para examen, estudio y, en su caso, inscripción, contratos impresos en los cuales no exista variación en sus cláusulas y se trate de un mismo contratante, se pagará íntegro el derecho correspondiente al primer contrato y se reducirá en un 50% la cuota del derecho correspondiente sobre los sucesivos.
(ADICIONADA, D.O.F. 12 DE DICIEMBRE DE 2011)
XXVII. Por la expedición de cada certificado o
constancia relacionados con el Número
Internacional Normalizado para Publicaciones
Periódicas (ISSN) $200.72 $201
(REFORMADA SU DENOMINACION, D.O.F. 31 DE DICIEMBRE DE 1982)
SECCION TERCERA
Registro y Ejercicio Profesional
[N. DE E. CANTIDADES ACTUALIZADAS MEDIANTE EL ANEXO NÚMERO 19 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023, D.O.F. DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2022.]
Structure Ley Federal de Derechos