ARTICULO 195-Z-12. Se pagará el derecho de cumplimiento del Código Internacional de Gestión de la Seguridad, por cada buque o empresa, con excepción de los buques pesqueros o de cualquier otro giro, que no siendo de altura, realicen su actividad en puertos nacionales, así como el cumplimiento del Sistema de Administración de la Seguridad (SAS), conforme a las cuotas de:
I. Por la revisión de documentación y, en su caso, expedición de documento de cumplimiento o certificado, según corresponda:
a). Por empresa $12,532.85 $12,533
b). Por buque:
1. De 10 hasta 200 unidades
de arqueo bruto $5,058.39 $5,058
2. De más de 200 hasta 500 unidades
de arqueo bruto $6,076.62 $6,077
3. De más de 500 hasta 1,000 unidades
de arqueo bruto $7,503.55 $7,504
4. De más de 1,000 hasta 5,000 unidades
de arqueo bruto $10,474.29 $10,474
5. De más de 5,000 hasta 10,000 unidades
de arqueo bruto $13,176.64 $13,177
6. De más de 10,000 unidades de
arqueo bruto $18,373.56 $18,374
También se pagarán los derechos establecidos en esta fracción, cuando se lleven a cabo modificaciones a los documentos de gestión de la seguridad de la empresa o de cada buque.
II. Por la verificación del cumplimiento del Código Internacional de Gestión de la Seguridad y, en su caso, expedición o renovación anual del documento de cumplimiento o certificado, según corresponda:
a) Por empresa $34,375.59 $34,376
b) Por buque:
1. De más de 10 y hasta 200 unidades de
arqueo bruto $6,601.10 $6,601
2. De más de 200 y hasta 500 unidades
de arqueo bruto $7,824.21 $7,824
3. De más de 500 y hasta 1,000 unidades
de arqueo bruto $9,185.27 $9,185
4. De más de 1,000 y hasta 5,000 unidades
de arqueo bruto $11,918.55 $11,919
5. De más de 5,000 y hasta 10,000 unidades
de arqueo bruto $16,720.84 $16,721
6. De más de 10,000 unidades de
arqueo bruto $26,952.85 $26,953
[N. DE E. CANTIDADES ACTUALIZADAS MEDIANTE EL ANEXO NÚMERO 19 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023, D.O.F. DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2022.]
(ADICIONADO, D.O.F. 9 DE DICIEMBRE DE 2019)
Structure Ley Federal de Derechos