ARTICULO 194-M.- Por la recepción, evaluación y dictamen de los estudios técnicos justificativos y, en su caso, la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, se pagará el derecho de cambio de uso de suelo de terrenos forestales, conforme a las siguientes cuotas:
Cuota
Sin ajuste Con ajuste
I. Hasta 1 hectárea $1,482.62 $1,483
II. De más de 1 hectárea hasta
10 hectáreas $2,052.84 $2,053
III. De más de 10 hectáreas hasta
50 hectáreas $4,333.79 $4,334
IV. De más de 50 hectáreas
hasta 200 hectáreas $8,667.57 $8,668
V. De más de 200 hectáreas $13,229.45 $13,229
Cuando la solicitud se refiera a terrenos incendiados que requieran de un dictamen especial, se pagará adicionalmente el 20% de las cuotas establecidas en las fracciones anteriores.
[N. DE E. CANTIDADES ACTUALIZADAS MEDIANTE EL ANEXO NÚMERO 19 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023, D.O.F. DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2022.]
Structure Ley Federal de Derechos