ARTICULO 172-G.- Por los servicios de verificación establecidos en la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Reglamento, los concesionarios, permisionarios o autorizados, pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
Cuota
Sin ajuste Con ajuste
I.- Por verificación especial a los
concesionarios e vías férreas $3,209.18 $3,209
II.- Por la verificación técnica de las condiciones
físicas y mecánicas del equipoferroviario de
los concesionarios del servicio público de
transporte ferroviario, por cada unidad tractiva
o de arrastre $1,375.21 $1,375
a).- Por la expedición de la constancia
de aprobación $274.82 $275
III.- Por verificación para la construcción o
reconstrucción de obras ferroviarias $3,209.18 $3,209
IV.- Por la verificación de las instalaciones
de los servicios auxiliares $2,958.16 $2,958
Structure Ley Federal de Derechos