ARTICULO 195-Z-9.- Por la inspección, verificación y, en su caso, expedición y renovación del documento de aprobación para estaciones de servicio a balsas salvavidas, botes totalmente cerrados, equipos contra incendio de las embarcaciones o artefactos navales, astilleros, varaderos y diques flotantes, se pagará el derecho, conforme a las cuotas siguientes:
I. Por la expedición $39,843.05 $39,843
II. Por la renovación $27,054.71 $27,055
Por el análisis de la solicitud y, en su caso, autorización del personal técnico distinto o del que sustituya al considerado en el certificado otorgado, se pagará el derecho por cada persona, conforme a la cuota de $2,420.31 $2,420
[N. DE E. CANTIDADES ACTUALIZADAS MEDIANTE EL ANEXO NÚMERO 19 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023, D.O.F. DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2022.]
(ADICIONADO, D.O.F. 9 DE DICIEMBRE DE 2019)
Structure Ley Federal de Derechos