ARTICULO 171.- Por la expedición y en su caso reposición de los siguientes documentos, se pagará el derecho correspondiente, conforme a las siguientes cuotas:
Cuota
Sin ajuste Con ajuste
I.- (DEROGADA, D.O.F. 9 DE DICIEMBRE DE 2019)
II.- Títulos profesionales al Personal de la
marina mercante nacional, tanto de cubierta
como de máquinas $1,330.12 $1,330
III.- Certificados de competencia para mandar
embarcaciones, tanto en el departamento de
cubierta como en el de máquinas $886.55 $887
IV.- Certificados de competencia especial para
mandar o laborar en buques especializados $1,773.77 $1,774
V.- Documento oficial para poder ejercer como tripulante en la categoría inmediata superior a bordo de las embarcaciones mercantes mexicanas:
a).- Personal subalterno, para ejercer un cargo
que requiera certificado de competencia $886.55 $887
b).- Personal titulado $1,330.12 $1,330
VI.- Expedición de refrendos de títulos a
oficialidad de la marina mercante $664.77 $665
(ADICIONADA, D.O.F. 18 DE NOVIEMBRE DE 2015)
VII.- Por la expedición de la autorización para
prestar el servicio de pilotaje $996.81 $997
[N. DE E. CANTIDADES ACTUALIZADAS MEDIANTE EL ANEXO NÚMERO 19 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023, D.O.F. DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2022.]
Structure Ley Federal de Derechos