ARTICULO 195-Z-15. Por la expedición y, en su caso, reposición de los siguientes documentos, se pagará el derecho conforme a las siguientes cuotas:
I. Expedición y reposición de libreta de mar y documento
de identidad marítima se pagará por cada uno $532.16 $532
II. Por la expedición o reposición de refrendo y
dispensa a personal subalterno $860.38 $860
[N. DE E. CANTIDADES ACTUALIZADAS MEDIANTE EL ANEXO NÚMERO 19 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023, D.O.F. DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2022.]
(ADICIONADO, D.O.F. 9 DE DICIEMBRE DE 2019)
Structure Ley Federal de Derechos