Artículo 93. El titular de la Jefatura de Departamento de Servicios Generales tendrá las funciones siguientes:
I. Determinar el monto de los recursos necesarios para cubrir las necesidades del PENSIONISSSTE, relacionados con los materiales, suministros, servicios generales, bienes muebles e inmuebles;
II. Coordinar los servicios de envío y recepción de valija de las oficinas de representación del PENSIONISSSTE en la República, así como los servicios de mensajería en el Distrito Federal y área metropolitana;
III. Supervisar el control del inventario de bienes muebles asignados al PENSIONISSSTE, así como el control de los insumos de papelería y cómputo necesarios para el desempeño de las funciones de las áreas administrativas adscritas al mismo;
IV. Coordinar el programa de conservación y mantenimiento de bienes muebles asignados al PENSIONISSSTE;
V. Organizar los programas de conservación y mantenimiento de los inmuebles que ocupe el PENSIONISSSTE;
VI. Coordinar el programa de conservación y mantenimiento del parque vehicular asignado al PENSIONISSSTE;
VII. Verificar que los bienes muebles e inmuebles, así como la flotilla de vehículos asignados al PENSIONISSSTE, estén asegurados de conformidad con la normatividad aplicable;
VIII. Supervisar la ejecución de los contratos que la Subdirección de Finanzas y Administración celebre como área requirente;
IX. Implementar programas de protección civil en las instalaciones del PENSIONISSSTE;
X. Coordinar los servicios para la custodia y seguridad de las instalaciones del PENSIONISSSTE, así como de los bienes que se encuentran en ellas;
XI. Coordinar la aplicación de los lineamentos, procedimientos y métodos determinados por la normatividad aplicable, para el manejo de la documentación y expedientes generados por las áreas adscritas a la Subdirección de Finanzas y Administración;
XII. Revisar la elaboración, compilación y envío de la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
XIII. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado