Artículo 43. El titular Responsable del Area de Administración tendrá las funciones siguientes:
I. Recibir, conciliar y validar que las solicitudes de trámites realizados por los Trabajadores o sus beneficiarios en las ventanillas de atención se efectúen de conformidad con la normatividad aplicable;
II. Elaborar bases de datos para el manejo y control de la información de las solicitudes de trámites recibidas;
III. Elaborar información estadística de la recepción de solicitudes de trámites para la toma de decisiones;
IV. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
V. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado