Artículo 39. El titular Responsable del Area de Unificación y Traspasos tendrá las funciones siguientes:
I. Gestionar, conciliar y validar las solicitudes de unificación, separación y traspaso de Cuentas Individuales, de conformidad con la normatividad aplicable;
II. Enviar la unificación de Cuentas Individuales a las Empresas Operadoras, de conformidad con la normatividad aplicable;
III. Validar la aplicación en el Sistema Central Operativo de la unificación, separación o traspaso de Cuentas Individuales, de conformidad con la normatividad aplicable;
IV. Conciliar los registros de unificación, separación o traspaso de Cuentas Individuales aplicados en el Sistema Central Operativo con la información emitida por las Empresas Operadoras;
V. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
VI. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado