Artículo 156. El titular de la Subdirección de Planeación Estratégica, tendrá las funciones siguientes:
I. Conducir en coordinación con las demás áreas administrativas adscritas al PENSIONISSSTE, el desarrollo del plan de negocios de la Unidad Administrativa Desconcentrada;
II. Colaborar con el Vocal Ejecutivo y las áreas administrativas adscritas al PENSIONISSSTE en la definición de la estrategia de servicios, de comercialización, así como de los planes de labores y financiamiento de la Unidad Administrativa Desconcentrada;
III. Coordinar el proceso de planeación estratégica a fin de vincular los objetivos del PENSIONISSSTE al programa del Instituto y su alineación con el Plan Nacional de Desarrollo;
IV. Evaluar el programa anual de trabajo del PENSIONISSSTE para determinar variaciones e instrumentar medidas correctivas;
V. Evaluar la situación competitiva y las condiciones del mercado en materia de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para anticipar y responder oportunamente a situaciones que pudieran afectar el desempeño del PENSIONISSSTE;
VI. Proponer al Vocal Ejecutivo la estructura de comisiones que cobrará el PENSIONISSSTE;
VII. Desarrollar estudios económicos y financieros en materia de pensiones;
VIII. Proponer al Vocal Ejecutivo el resultado de los estudios relacionados con la operación, competitividad y definición de áreas de oportunidad del PENSIONISSSTE;
IX. Proponer al Vocal Ejecutivo los posibles cambios técnicos para mejorar el monto de las pensiones;
X. Evaluar la viabilidad financiera del PENSIONISSSTE, así como los resultados de los planes y programas de labores y financiamiento;
XI. Evaluar el desempeño del PENSIONISSSTE en relación con los resultados obtenidos por las AFORE;
XII. Proponer al Vocal Ejecutivo las proyecciones financieras del PENSIONISSSTE, en materia de ingresos, gastos, reservas e inversión del remanente de operación a que se refiere la Ley;
XIII. Establecer los mecanismos para el cálculo de las pensiones bajo la modalidad de retiros programados, conforme a la normatividad aplicable;
XIV. Conducir el desarrollo de las herramientas de cálculo y los materiales informativos que le permitan al Trabajador conocer de manera ejemplificativa, el monto de los recursos necesarios para alcanzar el nivel de pensión posible de acuerdo a su situación particular;
XV. Asesorar a las áreas administrativas adscritas al PENSIONISSSTE, mediante la elaboración de los estudios pertinentes, en la definición de las estrategias necesarias para el desempeño de sus funciones;
XVI. Conducir el desarrollo de los informes anuales y bimestrales de actividades que debe presentar el Vocal Ejecutivo a los Organos Colegiados, conforme a la normatividad aplicable;
XVII. Coordinar la integración del presupuesto anual de ingresos y egresos del PENSIONISSSTE;
XVIII. Coordinar el análisis de costo-beneficio de proyectos de gasto e inversión del PENSIONISSSTE, para su presentación ante el Instituto;
XIX. Desarrollar y actualizar un sistema de información estadística, para dar seguimiento a los resultados del PENSIONISSSTE;
XX. Supervisar la elaboración, compilación y envío de la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
XXI. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado