Artículo 144. El titular Responsable del Area de Atención a Requerimientos tendrá las funciones siguientes:
I. Integrar la información con las áreas administrativas adscritas al PENSIONISSSTE para la atención y respuesta a los requerimientos de información formulados al mismo, siempre que no deriven de un proceso o procedimiento en el que PENSIONISSSTE sea parte;
II. Elaborar los escritos de respuesta a los requerimientos formulados por autoridades jurisdiccionales y administrativas, siempre que no deriven de un proceso o procedimiento en el que PENSIONISSSTE sea parte;
III. Dar seguimiento a los requerimientos formulados por autoridades jurisdiccionales o administrativas al PENSIONISSSTE, siempre que no deriven de un proceso o procedimiento en el que PENSIONISSSTE sea parte;
IV. Elaborar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
V. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado