Artículo 76. El titular Responsable del Area de Registro y Asignación de Valores tendrá las funciones siguientes:
I. Validar, asignar y registrar la información correspondiente a las cartas confirmación de las operaciones de inversión realizadas por las Sociedades de Inversión;
II. Generar el archivo correspondiente a la información derivada de la operación, para su registro contable;
III. Realizar la valuación y determinación de precios en el sistema que se utiliza para este efecto, para su conciliación con los registros contables de las Sociedades de Inversión;
IV. Generar y presentar la información financiera en las auditorías que se practiquen a las Sociedades de Inversión;
V. Integrar la documentación que respalde las operaciones financieras, de conformidad con la normatividad aplicable;
VI. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
VII. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado
Artículo 76