Artículo 161. El titular de la Jefatura de Departamento de Integración del Plan de Negocios tendrá las funciones siguientes:
I. Integrar el plan de negocios del PENSIONISSSTE;
II. Participar con las áreas administrativas adscritas al PENSIONISSSTE, en la elaboración del presupuesto de ingresos y egresos, así como el presupuesto de gastos de administración, operación y vigilancia;
III. Elaborar la metodología que permita a las áreas administrativas adscritas al PENSIONISSSTE, identificar los elementos que deben incorporarse en el plan de negocios del mismo;
IV. Proponer los elementos que componen un sistema de información estadística para dar seguimiento al plan de negocios del PENSIONISSSTE, así como su desarrollo y actualización;
V. Dar seguimiento al plan de negocios del PENSIONISSSTE para detectar variaciones y solicitar a las áreas administrativas responsables, las modificaciones que permitan alcanzar las metas previstas en el mismo;
VI. Recopilar la información sobre los resultados derivados de las estrategias del plan de negocios del PENSIONISSSTE, para verificar que estén alineados a los objetivos establecidos en el mismo;
VII. Controlar el sistema de información estadística que sirva de base en la elaboración de informes para el Vocal Ejecutivo y los Organos Colegiados;
VIII. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
IX. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado