Artículo 126. El titular de la Jefatura de Departamento de Coordinación Comercial Regional, tendrá las funciones siguientes:
I. Operar la estrategia para la retención, registro y traspaso de Cuentas Individuales;
II. Organizar a la Fuerza Comercial, para instrumentar las campañas de difusión y promoción en apoyo a la estrategia para la retención, registro y traspaso de Cuentas Individuales;
III. Diseñar las rutas y actividades de la Fuerza Comercial en el territorio nacional;
IV. Aplicar las prácticas comerciales definidas para el cumplimiento de la normatividad aplicable;
V. Recabar la información de mercado obtenida por la Fuerza Comercial sobre el comportamiento de la competencia y generar periódicamente el informe correspondiente;
VI. Elaborar, implementar y dar seguimiento al esquema de pagos, comisiones, incentivos y el plan de carrera de la Fuerza Comercial que permitan el cumplimiento de la estrategia comercial;
VII. Elaborar el reporte de comisiones a pagar a la Fuerza Comercial con base en la información que recabe a nivel nacional para tal efecto;
VIII. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
IX. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado