Artículo 149. El titular Responsable del Area de Procedimientos Contencioso Administrativos tendrá las funciones siguientes:
I. Representar al PENSIONISSSTE en su carácter de apoderado legal, en los juicios contenciosos en los que sea parte o puedan verse afectados sus intereses, a excepción de la materia de amparo y laboral;
II. Elaborar los escritos de demanda, contestación, pruebas, reconvenciones, ofrecimiento de pruebas, alegatos, apelaciones y cualquier otro documento que deba presentarse en los juicios contenciosos, a excepción de la materia de amparo y laboral;
III. Apoyar en la sustanciación de los juicios contenciosos, compareciendo a las audiencias y diligencias, a excepción de la materia de amparo y laboral;
IV. Dar seguimiento a los juicios contenciosos, a excepción de la materia de amparo y laboral;
V. Recopilar las pruebas y elementos que se deban exhibir dentro de los juicios contenciosos para la defensa jurídica del PENSIONISSSTE, a excepción de la materia de amparo y laboral;
VI. Elaborar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
VII. Las demás inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado