Artículo 146. Para el cumplimiento de sus funciones el titular de la Jefatura de Servicios de lo Contencioso se auxiliará las siguientes Jefaturas de Departamento:
I. Jefatura de Departamento de lo Contencioso, y
II. Jefatura de Departamento de Asuntos Laborales y Amparos.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado