Artículo 106. El titular de la Jefatura de Departamento de Administración de Riesgos Operativos, tendrá las funciones siguientes:
I. Elaborar la metodología para identificar y controlar el riesgo operativo a que se encuentren expuestos el PENSIONISSSTE y las Sociedades de Inversión, a efecto de cuantificar las consecuencias económicas y de reputación en que podrían incurrir por la materialización de este tipo de riesgo;
II. Elaborar el proyecto de los niveles de tolerancia a los distintos tipos de riesgos operativos del PENSIONISSSTE y de cada una de las Sociedades de Inversión;
III. Elaborar el proyecto de metodología para la medición de los distintos tipos de riesgos operativos a que se encuentren expuestos el PENSIONISSSTE y las Sociedades de Inversión;
IV. Realizar la medición del riesgo legal, por procesos operativos y por tecnología de la información, a que se encuentren expuestos el PENSIONISSSTE y sus Sociedades de Inversión, a efecto de evaluar el cumplimiento a los niveles de tolerancia establecidos por los Organos Colegiados competentes;
V. Analizar las causas que originen desviaciones a los niveles de tolerancia al riesgo por procesos operativos o tecnológicos del PENSIONISSSTE y de las Sociedades de Inversión;
VI. Elaborar el Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración del Riesgo Operativo, así como realizar las modificaciones al mismo;
VII. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
VIII. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado