Artículo 165. El titular de la Jefatura de Departamento de Estudios de Competitividad tendrá las funciones siguientes:
I. Calcular el monto de las pensiones bajo la modalidad de retiros programados conforme a la normatividad aplicable;
II. Compilar, depurar y sistematizar la información estadística que proporcionen a la Subdirección de Planeación las áreas administrativas adscritas al PENSIONISSSTE que será utilizada en el desempeño de sus funciones;
III. Elaborar los estudios en materia financiera, comercial y de servicios que le sean instruidos por su superior jerárquico;
IV. Analizar de forma periódica el nivel de competencia del PENSIONISSSTE en relación a las administradoras de fondos para el retiro;
V. Elaborar el análisis de la dinámica de traspasos de Cuentas Individuales y su impacto financiero para el PENSIONISSSTE;
VI. Elaborar el informe del impacto de las variables macroeconómicas nacionales en los resultados financieros del PENSIONISSSTE;
VII. Evaluar el impacto de la normatividad aplicable al PENSIONISSSTE, en el cálculo del monto de las pensiones otorgadas por el Instituto y en la situación económica esperada de los Trabajadores al momento de su retiro;
VIII. Analizar la evolución de las pensiones otorgadas por el Instituto, así como de la población en edad cercana al retiro, para estimar su impacto en los ingresos del PENSIONISSSTE;
IX. Realizar estudios con los datos demográficos y económicos de los Cuentahabientes del PENSIONISSSTE;
X. Coadyuvar con la Subdirección Especializada de Atención al Público, en el análisis de los servicios que el PENSIONISSSTE presta o le son solicitados por los Trabajadores, sus beneficiarios o público en general, con el objeto de elaborar las estrategias de servicios y que le permitan dar cumplimiento a sus funciones;
XI. Coadyuvar con la Subdirección Comercial en el análisis del mercado en materia de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, con el objeto de proponer a su superior jerárquico las estrategias que en materia comercial pueda implementar el PENSIONISSSTE;
XII. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
XIII. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado