Artículo 116. El titular de la Jefatura de Departamento de Enlace con Puntos de Atención, tendrá las funciones siguientes:
I. Proporcionar a los Puntos de Atención el soporte técnico y normativo para la atención de las solicitudes de trámites, consultas y aclaraciones solicitados por los Trabajadores, sus beneficiarios y público en general, a través de los mecanismos establecidos para tal efecto;
II. Difundir entre los Puntos de Atención la guía de servicios para estandarizar los procesos relacionados con los trámites, consultas y aclaraciones solicitados por los Trabajadores, sus beneficiarios y público en general, así como el sistema de atención al público y sus actualizaciones;
III. Analizar los reportes y estadísticas sobre los trámites atendidos, concluidos y pendientes solicitados por los Trabajadores, sus beneficiarios y público en general en los Puntos de Atención, con el objeto de medir la eficiencia operativa y, en su caso, identificar áreas de oportunidad;
IV. Verificar que los trámites, consultas y aclaraciones solicitados por los Trabajadores y sus beneficiarios, sean atendidos conforme a la normatividad aplicable;
V. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
VI. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado