Artículo 120. El titular de la Jefatura de Departamento de Información y Estadística tendrá las funciones siguientes:
I. Elaborar los reportes de información de la Subdirección Especializada de Atención al Público para su evaluación y la toma de decisiones;
II. Informar a su superior jerárquico las estadísticas derivadas de los servicios prestados para definir las prioridades en la toma de decisiones;
III. Elaborar reportes de productividad de las áreas adscritas a la Subdirección Especializada de Atención al Público que sirvan para evaluar su desempeño;
IV. Elaborar, compilar y enviar la documentación e informes requeridos en los tiempos establecidos por las Unidades Administrativas Centrales, Organos Fiscalizadores y autoridades administrativas o jurisdiccionales, y
V. Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le señale su superior jerárquico o sean determinadas por la normatividad aplicable.
Structure Reglamento Orgánico del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado