ARTICULO 157 BIS 7.- El Consejo se regirá por las disposiciones contenidas en esta Ley, su reglamento interno y demás normativa aplicable, basando su actuación en la evidencia científica, así como en los criterios de racionalidad y objetividad.
(ADICIONADO, D.O.F. 19 DE JUNIO DE 2017)
Structure Ley General de Salud