Ley General de Salud
Titulo decimo octavo

TITULO DECIMO OCTAVO

CAPITULO I

ARTICULO 402.- Se consideran medidas de seguridad las disposiciones que...

ARTICULO 403.- Son competentes para ordenar o ejecutar medidas de...

ARTICULO 404.- Son medidas de seguridad sanitaria las siguientes: I.-...

ARTICULO 405.- Se entiende por aislamiento la separación de personas...

ARTICULO 406.- Se entiende por cuarentena la limitación a la...

ARTICULO 407.- La observación personal consiste en la estrecha supervisión...

ARTICULO 408.- Las autoridades sanitarias competentes ordenarán la vacunación de...

ARTICULO 409.- Las autoridades sanitarias competentes podrán ordenar o proceder...

ARTICULO 410.- Las autoridades sanitarias competentes ejecutarán las medidas necesarias...

ARTICULO 411.- Las autoridades sanitarias competentes podrán ordenar la inmediata...

ARTICULO 412.- La suspensión de trabajos o servicios será temporal....

ARTICULO 413.- La suspensión de mensajes publicitarios en materia de...

ARTICULO 414.- El aseguramiento de objetos, productos o substancias, tendrá...

ARTICULO 414 Bis.- Será procedente la acción de aseguramiento prevista...

ARTICULO 415.- La desocupación o desalojo de casas, edificios, establecimientos...

CAPITULO II

ARTICULO 416.- Las violaciones a los preceptos de esta Ley,...

ARTICULO 417.- Las sanciones administrativas podrán ser: I.- Amonestación con...

ARTICULO 418.- Al imponer una sanción, la autoridad sanitaria fundará...

ARTICULO 419.- Se sancionará con multa de hasta dos mil...

ARTICULO 420.- Se sancionará con multa de dos mil hasta...

ARTICULO 421.- Se sancionará con una multa equivalente de seis...

ARTICULO 421 Bis.- Se sancionará con multa equivalente a quince...

ARTICULO 421 Ter.- Se sancionará con multa equivalente de doce...

ARTICULO 422.- Las infracciones no previstas en este Capítulo serán...

ARTICULO 423.- En caso de reincidencia se duplicará el monto...

ARTICULO 424.- La aplicación de las multas será sin perjuicio...

ARTICULO 425.- Procederá la clausura temporal o definitiva, parcial o...

ARTICULO 426.- En los casos de clausura definitiva quedarán sin...

ARTICULO 427.- Se sancionará con arresto hasta por treinta y...

CAPITULO III

ARTICULO 428.- Para los efectos de esta Ley, el ejercicio...

ARTICULO 429.- La definición, observancia e instrucción de los procedimientos...

ARTICULO 430.- Las autoridades sanitarias con base en los resultados...

ARTICULO 431.- Las autoridades sanitarias competentes harán uso de las...

ARTICULO 432.- Derivado de las irregularidades sanitarias que reporte el...

ARTICULO 433.- El cómputo de los plazos que señale la...

ARTICULO 434.- Una vez oído al presunto infractor o a...

ARTICULO 435.- En caso de que el presunto infractor no...

ARTICULO 436.- En los casos de suspensión de trabajos o...

ARTICULO 437.- Cuando del contenido de un acta de verificación...

CAPITULO IV

ARTICULO 438.- Contra actos y resoluciones de las autoridades sanitarias...

ARTICULO 439.- El plazo para interponer el recurso será de...

ARTICULO 440.- El recurso se interpondrá ante la unidad administrativa...

ARTICULO 441.- En el escrito se precisará el nombre y...

ARTICULO 442.- En la tramitación del recurso sólo se admitirán...

ARTICULO 443.- Al recibir el recurso, la unidad respectiva verificará...

ARTICULO 444.- En la substanciación del recurso sólo procederán las...

ARTICULO 445.- En el caso de que el recurso fuere...

ARTICULO 446.- El Titular de la Secretaría de Salud, en...

ARTICULO 447.- En el caso de resoluciones o actos sanitarios...

ARTICULO 448.- A solicitud de los particulares que se consideren...

ARTICULO 449.- La interposición del recurso suspenderá la ejecución de...

ARTICULO 450.- En la tramitación del recurso de inconformidad, se...

CAPITULO V

ARTICULO 451.- El ejercicio de la facultad para imponer las...

ARTICULO 452.- Los términos para la prescripción serán continuos y...

ARTICULO 453.- Cuando el presunto infractor impugnare los actos de...

ARTICULO 454.- Los interesados podrán hacer valer la prescripción, por...

CAPITULO VI

ARTICULO 455.- Al que sin autorización de las autoridades sanitarias...

ARTICULO 456.- Al que sin autorización de la Secretaría de...

ARTICULO 457.- Se sancionará con pena de uno a ocho...

ARTICULO 458.- A quien sin la autorización correspondiente, utilice fuentes...

ARTICULO 459.- Al que por cualquier medio pretenda sacar o...

ARTICULO 460.- Al que saque o pretenda sacar del territorio...

ARTICULO 460 BIS.- Al que introduzca o pretenda introducir en...

ARTICULO 461.- Al que traslade o realice actos tendientes a...

ARTICULO 462.- Se impondrán de seis a diecisiete años de...

ARTICULO 462 BIS. Al responsable o empleado de un establecimiento...

ARTICULO 462 BIS 1.- Se aplicará de uno a nueve...

ARTICULO 463.- Al que introduzca al territorio nacional, transporte o...

ARTICULO 464.- A quien, adultere, falsifique, contamine, altere o permita...

ARTICULO 464 Bis.- Al que por sí o por interpósita...

ARTICULO 464 Ter.- En materia de medicamentos se aplicarán las...

ARTICULO 465.- Al profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas...

ARTICULO 465 Bis.- A quien contrate, autorice, conduzca, participe o...

ARTICULO 466.- Al que sin consentimiento de una mujer o...

ARTICULO 467.- Al que induzca o propicie que menores de...

ARTICULO 467 Bis.- Al que venda o suministre a menores...

ARTICULO 468.- Al profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas...

ARTICULO 469.- Al profesional, técnico o auxiliar de la atención...

ARTICULO 469 Bis.- Se impondrá pena de cuatro a siete...

ARTICULO 470.- Siempre que en la comisión de cualquiera de...

ARTICULO 471.- Las penas previstas en este Capítulo se aplicarán...

ARTICULO 472.- A las personas morales involucradas en la comisión...

CAPITULO VII

ARTICULO 473.- Para los efectos de este capítulo se entenderá...

ARTICULO 474.- Las autoridades de seguridad pública, procuración e impartición...

ARTICULO 475.- Se impondrá prisión de cuatro a ocho años...

ARTICULO 476.- Se impondrá de tres a seis años de...

ARTICULO 477.- Se aplicará pena de diez meses a tres...

ARTICULO 478.- El Ministerio Público no ejercerá acción penal por...

ARTICULO 479.- Para los efectos de este capítulo se entiende...

ARTICULO 480.- Los procedimientos penales y, en su caso, la...

ARTICULO 481.- El Ministerio Público o la autoridad judicial del...

ARTICULO 482.- Cuando el Ministerio Público tenga conocimiento que el...