ARTICULO 103 Bis 3.- Todo estudio sobre el genoma humano deberá contar con la aceptación expresa de la persona sujeta al mismo o de su representante legal en términos de la legislación aplicable.
(ADICIONADO, D.O.F. 16 DE NOVIEMBRE DE 2011)
En el manejo de la información deberá salvaguardarse la confidencialidad de los datos genéticos de todo grupo o individuo, obtenidos o conservados con fines de diagnóstico y prevención, investigación, terapéuticos o cualquier otro propósito, salvo en los casos que exista orden judicial.
(ADICIONADO, D.O.F. 16 DE NOVIEMBRE DE 2011)
Structure Ley General de Salud